sábado, 17 de marzo de 2012

PENSAMIENTO POLITICO DE TOMAS DE AQUINO

Grandes pensadores del cristianismo
IV

  En los órdenes filósofico y pedagógico, la baja edad media se caracterizo por el predominio de la escolástica, cuyo mas grande exponente fuú Santo Tomás de Aquino, pensador religioso del siglo XIII.

Nació en 1227, de la noble familia de los Condes de Aquino, en Roccaseca Italia, recibio la primera instrucción de Monte Casino; ingreso a la orden de Santo Domingo en 1243, recibe en Colonia las ensenanzas de Alberto el Magno, bajo la dirección de sus maestros, enseña en París, tenendo como compalero a S, Buenaventura; explica Teólogia en Colonia, Roma y Nápoles. Toma Parte importante en el concilio de Lyón, murio el 7 de marzo de 1274 en la Abadía de Possa Nova, cerca de Terracinna; fué canonizado en 1323, y proclamado Doctor de la Iglesia por Pío V en 1567.


Tomás de Aquino es también el pensador político de la Edad Media. sus ideas politicas estan contenidas principalmentes en 2 obras: "Sobre el gobierno de los Principes" y "Comentarios a la política de Aristóteles"; sus concepciones de la Ley y la Justicia se desarrollan en su magna obra; "Suma Teólogica".

El pensamiento de Santo Tomás se encuentra totalmente influido por la filosofía Aristotélica, distinguio 4 tipos de Ley: "Eterna" o que rigen el Universo; "Divina", "Natural" y "Humana" o positiva.

Definio la Ley como algo natural, inmutable y universal; afirma que la Ley positiva hecha por el hombre degenera cuando se opone a los principios de la justicia, identifico la Ley natural con la voluntad divina, aunque distinguio la razón de la revelación; siguiendo a Aristóteles , afirmo que el hombre es un ser social por naturalesza, aunque proclamo el origen divino del Estado, inspirandose en San Pablo cuando dijo: "No hay potestad que no provenga de Dios".

Afirmando además que el Estado es una institución establecida para lograr el bienenstar común, declaro que la libertad e igualdad son contrarias a la naturaleza. Fué uno de los contraheréticos más enérgicos al formular la tesis de que el hereje debía ser excluido no sólo de la iglesia sino del mundo.

en cuanto a la forma de gobierno que aceptaba, Santo Tomás prefirio la monarquía a la democracia porque afirmo que el gobierno tiene que concentrarse en una persona a la manera de como Dios rige el universo: Se declaró en contra de la doctrina de Salesbury, pensador contemporáneosuyo, que había proclamado la teoría del tiranicidio, aunque santo Tomás hubo de establecer que el pueblo tiene el derecho de desobedecer a su gobernante, cuando las órdenes de éste infringían la Ley divina; de allí concluyó que esta permitido rebelarse contra el gobierno injusto, tiránico.

Las doctrinas políticas de Santo Tomás contribuyerón de modo decisivo a establecer la preminencia de la autoridad eclsiástica sobre el poder temporal de Reyes y Principes al afirmar de modo categórico: que los funsionarios del Estado debían de estar sometidos a la Iglesia, bajo pena de excomunión en el caso de no hacerlo. Frente al desorden y la descentralización del feudalismo, fue partidario de la Autocracia  centralizadora y del Derecho Divino de los Monarcas.

Sostiene que los gobernantes cumplen con un mandato divino, en sentido de que la verdad y la justicia sólo se lacanza por la razón y mediante la fé, en cuyo orden únicamente la iglesia es competente, por lo tanto la excomunión decretada por la iglesia contra el gobierno puede liberar al ciudadano de sus obligaciones para con aquel o todo, inclusive el estado, forma parte del sistema universal en que él crecían, en cuya cúspide por sobre la razón, y como receptáculo de la Revolución divina, ésta la Teólogia.

No es pues,  concebido que en medio de este ordenamiento dogmático cuya suprema dirección concierne a Dios, hubiese quedado mucho margen para ninguna teoría sin práctica política que, como la democracia, pretendiesen dar a l hombre ya su razón al arbitrio final sobre los destinos de la colectividad.

   "Ningún ser por bajo que pueda estar carece por entero de valor, ya que tiene la posición, unos deberes y unos derechos, con lo cual contribuye a la perfección del conjunto".

La consepción tomista de la vida social y política cae directamente en su plan de la naturaleza: "La  sociedad es un sistema de fines y propósitos, en el cual lo inferior sigue de lo superior y lo superior dirige y guía a lo inferior ".

Describio a la sociedad como un cambio mutuo de servicios encaminados a la vida buena; cada clase realizando el trabajo que le es propio.

-El gobierno es una magistratura de toda la comunidad.
-El gobernante está justificado en todo lo que hace solamente porque contribuye al bien común.
-Su poder, por el hecho que deriba de Dios para la feliz ordenación de la vida humana, es un ministerio debido a la comunidad de que es cabeza.

LA PROPIEDAD .- ¿Tiene el hombre derecho a poseer algo en propiedad?  , si tiene derecho a poseer en propiedad y administrar sus posesiones como mejor sepa, sin que los demás puedan entrometerse en sus asuntos sin coartar su libertad de acción. ¿En que se fundamenta ese derecho?  En la naturaleza humana, porque siendo el hombre un ser racional hecho para vivir en sociedad, así lo exige su propio bien, el de la familia y el de la colectividad de que forma parte.
¿Porque?  Porque la propiedad es condición necesaria para tener independencia y libertad de acción;  Porque es el medio por excelencia para construir y perpetuar la familia. y,  por último, porque la sociedad reporta grandes beneficios, ya que la propiedad individual evita inumerables litigios y desabenencias que sobre el uso de las cosas poseidas en común se producirian, ya porque tambien, los bienes estarian mejor administrados y explotados en beneficio de todos.


SU FUNCION SOCIAL.- ¿el derecho de propiedad lleva añejas obligaciones?  , helas aquí en pocas palabras: La primera obligación del proietario es la de No dejar improductivos sus bienes, descontando de sus productos lo que necesita para su vida y decoro, y el de su casa y familia, no le es permitido considerar lo restante como propiedad privada, excluyendo en absoluto de su participación a los demás miembros de la sociedad; tiene por consiguiente el deber de justicia social de repartir lo superfluo con la mayor equidad posible, principalmente facilitando el trabajo y ocupación para el desenvolvimiento del bienestar común, y como medio de que todos puedan atender a sus necesidades.

   La razón del bien publico autoriza al Estado para tomar de la propiedad particular lo que crea necesario y útil con objeto de socorrer las necesidades sociales, y en este caso, los subditos están obligados en justicia estricta, y conformarse y obedecer. Las necesidades particulares no imponen al propietario deberes tan imperiosos como las publicas, y no hay en materia Ley positiva alguna cuyo cumplimiento pueda exigirse por vía Judicial, pero queda en pie con toda la fuerza y vigor, la ley natural, y peca contra ella faltando a la obligación primaria de amar y socorrer al projimo, quien poseyendo bienes superfluos , se desentiende de su misericordia y angustiosa situación. Comentando esta doctrina, el P. Getino expone: El comunismo hoy tan en boga, tubo partidarios egregios en la antigua filosofia el divino Platon, rico, fastuoso, y su maestro el gran Socrates aparece en los libros de Aristoteles como los evangelistas de esta  doctrina. El regimiento de Principes, reconociendo que esta es una doctrina de perfectos en lo referente a los bienes, (como lo practicaron los primeros cristianos y las practican algunos religiosos) duda mucho que en cuanto a las mujeres y a los hijos, tan insignies filosofos quisieran aplicar a los hombres lo que repugna a muchos; Tomás de Aquino, define la distinción de las riquesas: establece que la comunidad de lass cosas es de derecho natural, como a linea seguida  define la división de las posesiones es necesaria por naturaleza humana.

BIEN COMUN.- Si el que rige la muchedumbre de los libres la ordenare a provecho y bien común de la misma, será el regimiento derecho y justo y tal cual conviene a libres; empero si se ordenare no a bien común de la tal muchedumbre, mas a bien privado y apartado del regente, sera tal regimiento perverso e injusto; ese tal no se llamará  si se debe llamar rector, sino tirano, derivado a su nombre de la fuerza con que oprime y maltrata a sus subditos, pues rige por justicia, más aprémialos y sojuzgalos por potencia. dicha rudeza se debe aque la version utilizada data del siglo XIV.

PAZ SOCIAL.-  Así como el oficio del patron o gobernador de la nación es guardarla sin daño de los peligros de la mar, y traela a buen puerto de salud; el bien y la salud de la muchedumbre es que la unión se guarde, la tal unión se llma paz que si es arredrada o quitada parece el provecho de aquella, y además desacordándose la compañia de unos de los otros, se hace trabajaosa a si misma. Así que lo que más debe procurar el rector de las muchedumbre, es la unión y paz entre sus súbditos.

DESOBEDIENCIA LEGITIMA.- La obligación moral de obedecer el poder, procede de la legitimidad del mismo; pues no contento con gobernar nuestra vida exterior, alcanza a la conciencia misma; Dice San Pablo:  "el que resiste a la autoridad, resiste al orden establecido por Dios, puesto que no hay potestad que no proceda de Dios". Por tanto, es deber del cristiano obedecer a los poderes seculares, aún si son Tiránicos, en la medida que procede de Dios el poder que ejercitan.

  En 2 puntos podemos trastocar el orden establecido por Dios: en la trasmision de la autoridad y en uso; la primera es irregular si el sujeto que la recibe es indigno, o si le viene por caminos ilegales. El que debe su elevación a la violencia, no es  verdadero superior, cualquiera si tiene el medio puede rechazarsu dominación: a menos que posteriormente, los sujetos hayan aceptado la usurpación, o haya sido válida por una autoridad superior.

ASISTENCIA.- También hay otra cosa que pertenece al buen regimiento de la provincia o ciudad: conviene saber, que el común erareo se provea ppr el príncipe y se tenga cargo de los que viven en menester, de los pobres, viudas y huerfanos y de los extranjeros y peregrinos, para que la naturaleza no fallezca por falta de las cosas necesarias.

TRIBUTOS.- Los Príncipes deben estar contentos con sus salarios y no imponer otras gabelas a sus subditos, porque no pueden hacer sin razón salvo dos casos: Por razón de algún delito, o por el bien común de su regimiento. en los provervios se dice que en la justicia se afirma el trono del Rey.

CIUDADES.- Para fundar una ciudad debe elegirse un lugar conveniente, favorable a la salud de los habitantees, fértil para proveer a sus subsistencia, que por su amenidad deleite  y que por su posición sea fortaleza contra ataques enemigos.

DEMOCRACIA.- Cuando los ontereses ciudadanos  se sistraen al cuidado y responsabilidad de los de abajo, éstos se mueven más perezosamente se muestran inactivos y todo lo dejan y acatan a aquel cuyo poderió son sujetos. Su intervención solo se advierte en las resistencia a nuevas cargas por útiles que sean; en cambio cuando se interviene en el gobieno, más fácilmente se sacrifican uno por los intereses comunes.

Ver la serie en el siguiente enlace: Politica e ideas politicas

5 comentarios:

  1. Mai no te preocupes por la hortografia, preocupate por entender las ideas, cuando se acusa de faltas en la forma, es porque quien lo hace adolece de razón, ideas y criterio para entender el fondo

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  2. Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.

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  3. muy buena informacionnn

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  4. gracias sadim me sirvió mucho para mi trabajo, te felicito por tu trabajo sigue así

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